El concejal del Grupo Municipal de FORO en el Ayuntamiento de Gijón, Pelayo Barcia, ha presentado hoy públicamente varias enmiendas para modificar la Ordenanza de Movilidad que defenderá en la próxima Comisión del ramo y en el Pleno de este mes.
El concejal forista ha advertido que, aunque el Gobierno ha hecho alguna modificación total o sustancial de diversos artículos, en términos cuantitativos las modificaciones “han sido escasas, por lo que nuestras enmiendas se deben ceñir a esos asuntos y por tanto no serán más de una decena, ya que solo se pueden enmendar dichos artículos tras el periodo público de alegaciones”.
No obstante, ha matizado, que se separan en dos la presentación de estas alegaciones, “reservándose para los próximos días todas aquellas relacionadas con el artículo 11, donde se limita la circulación y el estacionamiento, ya que aún tenemos esperanza en que la oposición se una, antes del viernes (fecha límite para presentar enmiendas), para redactar una enmienda que rebaje las prohibiciones de circulación y aparcamiento, que sea legal, no como las realizadas hasta la fecha que invaden competencias de otras administraciones, como advertimos la semana pasada”.
“Es más, -ha destacado- en aras de llegar a un acuerdo y como gesto de buena voluntad, FORO Asturias votará a favor de todas las enmiendas que el resto de los grupos presenten que sean legales y persigan minimizar el impacto de esta norma, pero jamás ratificará un texto que incluya la prohibición de aparcamiento a partir de 2022”.
También ha recalcado que “en casi año y medio que llevamos tramitando esta ordenanza, el Concejal de Movilidad y su director solo se han reunido con nosotros una vez y para decirnos que no nos iban a aceptar las enmiendas de abril de 2020, con lo que tenemos pocas esperanzas de que nos llamen para negociar, aunque les hayamos ofrecido varias alternativas en todo este tiempo”.
A continuación, Pelayo Barcia ha expuesto algunas de las enmiendas ‘de menor impacto’ presentadas por FORO Asturias sobre los artículos cambiados por el Gobierno en la Ordenanza de Movilidad:
1) Subsanación de la inseguridad jurídica que implica la prohibición del estacionamiento el 1 de enero de 2022. “Aunque estamos rotundamente en contra de prohibir estacionar a vehículos sin distintivo ambiental en la zona azul a partir de 2022, en el anterior pleno del Ayuntamiento expusimos la inseguridad jurídica que generan las fechas de la Ordenanza que lo prohíben y por eso proponemos una subsanación de este error. Que, por un lado, la obligación de exhibir el distintivo medioambiental no sea obligatoria hasta un año de la entrada en vigor de la Ordenanza (abril de 2022) y por otro, la prohibición de estacionar en zona regulada sin dicho distintivo entre unos meses antes, el 1 de enero de 2022, supone una clara inseguridad jurídica y por ello proponemos equiparar ambas fechas retrasando la prohibición hasta que la obligatoriedad de exhibir la pegatina sea firme. En lugar de retocar la fecha de la prohibición de estacionamiento, que ya no se puede cambiar por no haber sido modificada la disposición que la contenía, proponemos redactar literalmente lo que de palabra ha dicho el Sr. Martín varias veces, “que durante los primeros meses no se va a sancionar por este motivo” y por ello proponemos incorporar un artículo en el apartado 140 de infracciones que diga:
“No Constituye infracción leve, ni de ningún carácter, estacionar en zona regulada sin exhibir el distintivo medioambiental, teniendo o no derecho a él, hasta que la obligación de exhibirlo entre en vigor. En estos casos, el titular del vehículo será informado por parte del Ayuntamiento para que conozca con certeza la fecha en la que se obligará a exhibir el distintivo ambiental”
Con esta fórmula salvaremos el problema de las fechas y dotaremos de legalidad las palabras del Sr. Martín. Aunque insistimos, no nos guste esta prohibición”.
2) Aplicación escalonada de la zona de prohibición de circulación. “Proponemos reducir la zona de circulación prohibida para que, en lugar de implantarla de un día para otro en 2026 y a prácticamente todo el Gijón Uurbano, se vaya ampliando escalonadamente, con el paso de los años, 2026, 2030 y 2036. Primero una zona más pequeña, para terminar en 2036 con la propuesta por el Gobierno. Esperando que en estos años se construyan aparcamientos disuasorios y se modifique la red de transporte público”.
3) Hora de gracia para circular por Cimadevilla. “El Gobierno ha modificado el artículo 31.3.c donde se delimitan las excepciones a la circulación por Cimavilla en el horario establecido. Se han introducido 10 supuestos, pero se han olvidado de aquellas personas que por error pueden acceder a Cimavilla y ya no puedan dar la vuelta una vez superadas las cámaras, de aquellas personas que puntualmente tengan que acceder en horario restringido y de aquellas personas que van al aparcamiento público. En 2005, y sigue vigente, se estableció un periodo de gracia de una hora controlado por las cámaras de entrada y salida y el registro del aparcamiento público, proponemos mantenerlo y dejarlo por escrito en la Ordenanza”.
4) Espacios de especial protección para el peatón. “El Gobierno local, mediante la introducción del artículo 36.7, propone la creación de espacios de especial protección para el peatón temporales y permanentes. Esta introducción nos parece interesante pero no obstante matizamos, con nuestra enmienda, que en caso de ser declarada como temporal, las actuaciones llevadas a cabo no pondrán contener ningún elemento que requiera una sujeción fija, ni alterar el estado inicial del pavimento público con materiales difícilmente eliminables (pinturas, asfaltados, etc) y que en el caso de declaraciones permanentes el órgano competente para determinarlo será el Pleno del Ayuntamiento. Con esta enmienda tratamos de evitar que una chapuza temporal dañe el pavimento y acabe quedado para siempre, algo a lo que lamentablemente nos empezamos a acostumbrar en la ciudad”.
5) Obligatoriedad de circular en bici y VMP por los ciclocarriles. “Aunque los ciclocarriles que ha implantado el equipo de Gobierno nos parecen peligrosos, en el artículo 41.5 ha introducido una serie de matices, como la prohibición para vehículos a motor de adelantar a bicicletas y a VMP en el mismo carril de circulación donde esté el ciclocarril, que consideramos interesante por motivos de seguridad. Pero falta matizar más este asunto y tratar con equidad a todos los vehículos: si un coche no puede adelantar a una bicicleta en el propio carril, tampoco la bicicleta deberá poder circular por otro carril que no sea el del ciclocarril, en caso de existir y en el caso de que la calle tenga varios carriles de circulación. Por ello proponemos añadir la siguiente redacción al artículo 41.5: En caso de que la vía tenga más de un carril de circulación, las bicicletas y VMPs estarán obligados a circular por el carril marcado con señalización especifica (ciclocarril).